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SPOILER ALERT!

AcreditacióN De Persona JuríDica

AcreditacióN De Persona JuríDica

La autoridad certificadora establece la documentación que el demandante debe presentar para la acreditación de su identidad. Habitualmente, esta información está publicada en la web de la entidad emisora del certificado, con lo que va a deber contactar con el organismo que haya escogido para la obtención de su certificado electrónico si precisa aclarar alguna duda sobre esta cuestión.

En general, el procedimiento para la obtención de un certificado electrónico requiere la acreditación de la identidad del solicitante en una oficina de registro autorizada por la entidad transmisora del certificado. Contacte con la entidad transmisora que haya elegido si quiere conocer qué oficinas de registro tiene habilitadas o bien consulte su web, donde encontrará asimismo información sobre la documentación que una persona jurídica debe aportar y de qué forma presentarla.

En el caso de la FNMT, hoy en día ofrece dos tipos de certificados, el de Representante de Administrador Único o Solidario y el de Representante de Persona Jurídica.

Para los certificados de Administrador Único o bien Solidario, si se acredita con el certificado o bien DNI electrónico al pedir el certificado, no es necesario asistir a una oficina a acreditarse.

Por el contrario, para un certificado de Representante de Persona Jurídica sí será preciso presentarse en una oficina de registro con la documentación exigida para acreditar la capacidad para actuar en nombre de la Entidad Jurídica.

La FNMT ha habilitado un nuevo procedimiento de acreditación para un Certificado de Representante de Persona Jurídica a través de las oficinas de Correos, adicional al ya existente en las oficinas de la Hacienda, de la Comunidad Foral de Navarra o de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Tenga presente que no es posible efectuar este trámite en los registros aduaneros.

Por tanto, el solicitante de estos certificados va a poder acreditar su identidad en las oficinas de registro de la AEAT (previa cita) como hasta hora, o bien en las oficinas de Correos. Consulte la

Para acreditar la identidad en las oficinas de Correos, el proceso para conseguir el Código de petición es exactamente el mismo. Además, se deberá rellenar electrónicamente un formulario de solicitud on line con los datos de contacto, libre en la página web de la FNMT Una vez relleno, así como la documentación necesaria para la acreditación de la identidad del representante, de sus facultades de representación y entidad representada, va a deber acudir a una oficina de Correos con la documentación que se especifica en el sitio web de la FNMT

Cualquier error en la cumplimentación o bien la falta de documentación va a suponer la no emisión del certificado; la FNMT notificará al usuario a través de su servicio de Atención a Usuarios, debiéndose repetir el proceso de acreditación completo, aportando la documentación de nuevo. pedir cita nie

Además, para un Certificado de Representante de Persona Jurídica con NIF A, B, C y D la AEAT dispone de un trámite que deja la presentación de documentación para la acreditación en línea. Esta acreditación solo la puede realizar el representante de la entidad, legal o voluntario, identificándose con su certificado electrónico personal entrando en Sede Electrónica y haciendo clic en "Otros servicios" de la sección "Todos y cada uno de los trámites", después en "Certificados electrónicos de representante persona jurídica", "" y finalmente en "Presentación documentación Certificados Electrónicos Representante Persona Jurídica".

Una vez elegido el certificado electrónico, consulte el aviso de la parte superior, de lectura obigatoria.

Después, cumplimente todos los campos.

Y a continuación, adjunte los documentos necesarios para la acreditación descritos en el aviso.

Haga clic en el enlace "Añadir archivos" para seleccionar el fichero con la documentación que debe presentar. En el link "Ayuda" podrá comprobar el listado de formatos aceptados para la presentación de ficheros de este trámite, siendo el tamaño máximo permitido para cada fichero sesenta y cuatro MB.

Seleccione o arrastre el fichero. Es preferible que el nombre del archivo no tenga signos de puntuación y esté guardado en su disco local, en la carpeta "AEAT".

El archivo añadido aparecerá en el apartado "Documentación que se anexiona". Cuando acabe de anexionar los ficheros pulse "Presentar" en la parte inferior. A continuación, se visualizan los datos que se marchan a enviar y si está de acuerdo pulse "Firmar Enviar". Una vez realizado este trámite, se produce un expediente electrónico de Registro.

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